Si naciste entre 1960 y 2002, así puedes cobrar del IMV hasta 1.595 euros: ¿cumples los requisitos?

Si naciste entre 1960 y 2002, así puedes cobrar del IMV hasta 1.595 euros: ¿cumples los requisitos?

Para miles de hogares, el dinero sigue sin llegar a fin de mes.

Con precios presionando y gastos fijos al alza, cada ingreso cuenta. La Seguridad Social mantiene una ayuda que refuerza la economía doméstica y adapta la cuantía a cada familia. Si perteneces a las generaciones de 1960 a 2002, conviene revisar si entras en el perfil que más se beneficia en 2025.

Por qué se habla de esta ayuda en 2025

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) nació en 2020 para sostener a los hogares con menos recursos. En 2025 llega a millones de personas y ha reducido la pobreza más dura de forma notable, según datos oficiales. La gran novedad para el ciudadano no es su existencia, sino cuánto y quién puede cobrarlo este año según la composición familiar y los ingresos reales.

Si tienes entre 23 y 65 años en 2025 —es decir, si naciste entre 1960 y 2002— cumples el requisito general de edad para optar al IMV.

Quién puede pedir el IMV en 2025

Edad y residencia

  • Edad general: de 23 a 65 años. También de 18 a 22 si procedes de un centro de protección de menores.
  • Residencia: legal y efectiva en España. Se suele exigir al menos un año continuado antes de la solicitud.
  • Excepciones: víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género cuentan con reglas específicas de acceso.

Ingresos y patrimonio

La Seguridad Social contrasta ingresos y patrimonio para valorar la vulnerabilidad. Importa lo que ganó la unidad de convivencia y lo que tiene en bienes que no sean la vivienda habitual.

  • Umbrales de referencia en 2025: un adulto solo no debe superar, a grandes rasgos, 20.353,62 euros anuales (1.449,39 euros mensuales de renta garantizada). Una unidad con un adulto y dos menores se mueve en un listón aproximado de 36.636,52 euros; dos adultos y dos menores, 44.777,96 euros.
  • Patrimonio: se computan activos no societarios (segundas viviendas, terrenos, fondos, acciones) con topes por tamaño de la familia.

Si la suma de tus ingresos queda por debajo del umbral que corresponde a tu hogar, el IMV cubre la diferencia hasta la renta garantizada. Para eso, la administración pide pruebas: IRPF, padrón, libro de familia y justificantes.

Cuánto se cobra: importes orientativos y complementos

La cuantía se calcula por hogar. Se fija una renta garantizada y, si tus ingresos son menores, el IMV los eleva hasta ese nivel. En 2025, los importes aproximados quedan así:

Unidad Cuantía mensual en 2025
Un adulto solo 658,81 €
Un adulto y un menor o dos adultos 856,46 €
Tres miembros 1.054,10 €
Cuatro miembros 1.251,75 €
Cinco o más miembros 1.449,39 €
Monoparental con un menor 1.001,40 €
Monoparental con dos menores 1.199,04 €
Monoparental con tres menores 1.396,69 €
Monoparental con cuatro o más menores 1.594,33 €

En familias monoparentales con más de un menor o en hogares numerosos, la renta garantizada puede rozar los 1.595 euros mensuales.

Complementos que cambian la cifra final

  • Hijos o menores a cargo: elevan el umbral garantizado.
  • Monoparentalidad: añade un plus a la renta garantizada.
  • Discapacidad del 65% o superior: incrementa la cuantía final.

El resultado práctico: dos hogares con los mismos ingresos pueden cobrar distinto si varía su composición y si concurren estos complementos.

Cómo solicitarlo paso a paso

  • Verifica requisitos: edad, residencia, ingresos y patrimonio de tu unidad de convivencia.
  • Prepara la documentación: DNI o NIE, certificado de empadronamiento actualizado, libro de familia, declaración de la renta, justificantes de ingresos y patrimonio.
  • Rellena la solicitud: disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social; facilita el trámite contar con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
  • Presenta por el canal elegido: online, en un centro de atención de la Seguridad Social con cita previa o por registro.
  • Atiende requerimientos: si falta un documento, te lo pedirán. Responder rápido evita demoras.
  • Espera la resolución: el plazo suele extenderse varias semanas. El pago, cuando procede, se abona mensualmente.

La prestación se reconoce por meses completos. Según el caso, el derecho arranca desde el mes siguiente a la solicitud una vez aprobada.

Errores que te pueden dejar fuera

  • No acreditar el domicilio real de toda la unidad de convivencia.
  • Olvidar declarar pequeños ingresos o pensiones de alimentos.
  • No informar un cambio relevante en 30 días: empadronamiento, convivencia, trabajo, patrimonio.
  • Confundir patrimonio no computable (vivienda habitual) con el que sí suma (segunda vivienda, fondos, acciones).

Recuerda que el IMV exige un compromiso activo de inclusión. En muchos casos implica apuntarse a ofertas de empleo o participar en itinerarios formativos. Incumplir puede suponer ajustes o pérdida del derecho.

Ejemplos reales para orientarte

  • Pareja con dos menores y 400 euros al mes de ingresos laborales: su umbral de renta garantizada ronda 1.251,75 euros. El IMV cubriría la diferencia aproximada hasta esa cifra.
  • Madre sola con dos hijos sin ingresos: la renta garantizada se sitúa en torno a 1.199,04 euros. Si no hay otras entradas, esa sería la cuantía orientativa.
  • Adulto solo con un empleo parcial de 300 euros al mes: el umbral mínimo para un hogar unipersonal en 2025 es 658,81 euros, por lo que podría recibir alrededor de 358,81 euros si cumple el resto de requisitos.

El IMV no penaliza automáticamente el trabajo. Si empiezas a trabajar, la ayuda se recalcula y puede coexistir durante un tiempo con los ingresos laborales.

Preguntas rápidas que se repiten

¿Puedo cobrarlo si ya recibo otra ayuda?

Depende de la ayuda. El IMV es compatible con algunas prestaciones y salarios bajos, porque actúa como complemento hasta una renta garantizada. Si cobras una ayuda que ya cubre ese umbral, no procede el pago.

¿Se revisa cada año?

Sí. La Seguridad Social revisa ingresos y composición familiar. Cambios durante el año también pueden ajustar la cuantía.

¿Y si me lo deniegan?

Puedes presentar alegaciones o reclamación previa dentro del plazo. Aporta documentos nuevos que aclaren ingresos, empadronamiento o parentesco.

Información útil para ir más allá

Una simulación casera ayuda a valorar tu caso: anota los ingresos mensuales netos de toda la unidad de convivencia y compáralos con la renta garantizada que corresponda a tu tamaño de hogar y situación (monoparentalidad, discapacidad). La diferencia estimada se acerca a lo que podrías cobrar. No sustituye al cálculo oficial, pero orienta.

Quien alterna periodos sin empleo con trabajos parciales suele salir beneficiado del IMV, porque actúa como red de seguridad. El riesgo llega cuando no se comunican cambios en plazo o se descuida la documentación: se generan devoluciones y sanciones. La ventaja, en cambio, es clara para familias con menores a cargo, ya que los complementos elevan la renta garantizada y estabilizan el presupuesto mensual.

1 comentario en “Si naciste entre 1960 y 2002, así puedes cobrar del IMV hasta 1.595 euros: ¿cumples los requisitos?”

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